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lunes, 15 de diciembre de 2014

Ordenaron la restricción del desplazamiento fronterizo desde las 10 p.m. hasta las 5 a.m.

El Ministerio para la Relaciones, Interiores, Justicia y Paz, y el de la Defensa, publicaron una resolución mediante la cual ordenan al Ceofanb  intrusiones a los comandantes de Regiones de Defensa Integral para que restrinjan el paso a través de la frontera en las noches.
Así quedó establecido en la Gaceta Oficial Nº 40.561, que circula este lunes en todo el territorio nacional.
Según la normativa, se pide la restricción del desplazamiento fronterizo de personas vía aérea, terrestre y acuática, así como también a los vehículos; durante un horario comprendido desde las 10: 00 pm hasta las 5:00 am.
Todo ello “con el objeto de resguardar la inviolabilidad de las fronteras, combatir el contrabando y prevenir actividades de personas que pudiesen representar amenazas a la seguridad de la República”.
Por otra parte, a través de la Gaceta, se informó a todas las personas naturales o jurídicas, propietarias y conductores de vehículos dedicados al transporte terrestre de carga, la prohibición de la circulación de vehículos de carga y de transporte de mercancías de cualquier rubro estará vigente desde 6:00 pm hasta las 5:00 am en todos los municipios fronterizos.

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