El artículo 19 concede libertad a quienes hayan
cometido delitos de gran notoriedad “especulación, boicot, alteración
fraudulenta, condicionamiento de la venta, expendio de alimentos
vencidos y acaparamiento
Caracas, 22 de febrero de 2016.- La Ley de Amnistía
que propone la oposición venezolana en la Asamblea Nacional, y que ya
fue aprobada en la primera de dos discusiones, ha sido vendida como una
ley con el “noble propósito” de liberar a dirigentes que permanecen
encarcelados supuestamente por razones políticas. Alega que busca la
“reconciliación nacional”. Sin embargo, al leerla puede encontrarse que
amnistiará no menos de cincuenta tipos de delitos.
Entre otros, serán amnistiadas la estafa inmobiliaria, el sabotaje
eléctrico, el acaparamiento y la especulación de alimentos y medicinas
(incluyendo la venta de productos vencidos), el uso de armas de fuego y
de explosivos. La ley tampoco se restringe a las “guarimbas” o protestas
violentas de 2014: abarca hechos desde 1999, incluyendo el golpe de
Estado de 2002 y el paro petrolero de ese mismo año. Ofrecemos capturas
de pantalla de los artículos de la ley: ¡léala usted mismo!
Queremos ofrecer a continuación capturas de los artículos más
controversiales de la ley, tomados del propio sitio web de la Asamblea
Nacional. Le animamos a que usted mismo descargue y lea los artículos de
la Ley.
En primer lugar, hay que tener en cuenta que esta propuesta de ley,
de aprobarse, no liberará únicamente a personas involucradas en las
guarimbas de 2014. En su artículo 2, señala explícitamente que “se
otorga la más amplia amnistía de los hechos considerados delitos, faltas
o infracciones mencionados en la presente Ley, cometidos o que puedan
haberse cometido desde el 1 de enero de 1999 hasta la entrada en
vigencia de esta Ley”.
Si usted es de quienes cree que la impunidad y la falta de rigor en
la aplicación de las leyes es un problema grave en Venezuela, debe saber
que la Ley de Amnistía, lejos de corregir el problema, podría dejar
libres a cientos de personas que hayan cometido delitos en un período de
17 años. De allí que algunos la apodan “Ley de Impunidad”.
El artículo 7, que no copiaremos aquí por su gran extensión, menciona
33 eventos específicos que serán cubiertos por la Ley de Amnistía,
todos ocurridos entre 2003 y 2014. Pero además, los artículos 10 y 11
señalan específicamente al golpe de Estado de abril de 2002 y el paro
petrolero de ese mismo año, como dos eventos que también serán
amnistiados.
Tráfico de drogas
Uno de los artículos más controversiales es el 30, que concede la
amnistía a quienes se les haya encontrado vendiendo drogas y
estupefacientes de menor cuantía a personas “en los campamentos o
manifestaciones”, lo que parece hacer referencia directa a los jóvenes
que acamparon en la avenida Francisco de Miranda, en Baruta y en la
plaza Bolívar de Chacao, a algunos de los cuales se les halló, en
allanamientos efectuados, numerosos estupefacientes y drogas de diversos
tipos.
Recuérdese que, en mayo de 2014, el entonces ministro de Relaciones
Interiores, Miguel Rodríguez Torres, informó que 60 de los 243 detenidos
en campamentos desmantelados en Santa Fe, la plaza Alfredo Sadel, la
avenida Francisco de Miranda y la plaza Bolívar de Chacao, dieron
positivo en consumo de estupefacientes.
Cuando se menciona al artículo 6, se refiere a cualquier persona que
haya participado en protestas y manifestaciones en contra del gobierno,
lo que ya marca la tendencia política de este proyecto de ley. En otras
palabras, cualquier persona que haya cometido delitos tan graves como la
venta de drogas, pero se haya manifestado de alguna forma en contra del
gobierno nacional, podrá ser amnistiado.
El manifestarse en contra de Nicolás Maduro, de esta manera, se convierte en un seguro de liberación para numerosos criminales.
Acaparamiento y especulación de alimentos y medicinas
Otro artículo controversial es el 19, que concede libertad a
directivos, empleados y representantes de empresas productoras,
comercializadoras o distribuidoras de medicinas, alimentos, bebidas o
bienes de primera necesidad, que hayan cometido delitos de gran
notoriedad durante estos tres años de guerra económica, tales como
“especulación, boicot, alteración fraudulenta, condicionamiento de la
venta, expendio de alimentos vencidos y acaparamiento“.
Todos aquellos delitos en los que se encontraron cientos o miles de
medicamentos y alimentos acaparados, o en los que hubo especulación o
venta de productos vencidos, podrán ser perdonados.
Fraude y estafa inmobiliaria
Otro artículo muy controversial es el 31, que amnistía a quienes
hayan cometido delitos de fraude, estafa y usura inmobiliaria
“vinculados a la actividad privada de la construcción de viviendas”.
Desde 2009, diferentes entes del Estado, como el Ministerio Público, han
adelantado causas contra empresarios y constructores privados de
viviendas que han suspendido la construcción de las mismas, estafando a
numerosas familias que habían adelantado cuantiosos pagos.
Aquí vale la pena preguntarse: ¿qué tiene que ver la lucha política
de la oposición, con los delitos de fraude y estafa inmobiliaria?
¿Estarán involucrados? Saque usted sus propias conclusiones.
El artículo 4 del proyecto de Ley presenta una larguísima lista de
delitos que serán amnistiados. Entre otros, queremos destacar:
Porte ilícito de armas de fuego, y su uso indebido
En Caracas, Mérida y San Cristóbal fueron capturadas decenas de
personas que usaron armas de fuego durante las guarimbas. En Chacao,
fueron visto en abril de 2014 numerosos guarimberos encapuchados usando
armas de fuego de diversos calibres. En Mérida y Táchira, fue frecuente
la captura de presuntos paramilitares y personas fuertemente armadas;
desde algunos edificios de la capital merideña se disparó contra
personas que protestaban contra las guarimbas, dejando muertos y
heridos. Numerosos civiles y militares murieron o resultaron heridos en
Los Ruices, Carabobo y otros lugares luego de que personas accionaron
sus armas de fuego. El 26 de marzo de 2014 fue allanada la casa de Jack
Streignard, en donde se hallaron numerosas armas, silenciadores para
armas largas y una fábrica de municiones.
Corrupción
Los artículos 16, 17, 18 y 22 conceden amnistía a personas acusadas
de corrupción y otros delitos, en particular cuando se trate de
dirigentes políticos de la oposición y “se ha menoscabado la
confiabilidad en la administración imparcial de la justicia”, o cuando
algún dirigente del gobierno haya emitido públicamente alguna
“declaración, exhortación o solicitud” de justicia. Casos como los del
banquero Eligio Cedeño o la exjueza María Lourdes Afiuni de seguro serán
beneficiados por este artículo.
Artefactos explosivos e incendiarios
Se amnistiará la importación, fabricación, detentación, suministro y
ocultamiento de artefactos explosivos, según el artículo 4, literal l.
El uso de todo tipo de explosivos por parte de guarimberos en el este
de Caracas en 2014 fue ampliamente reseñado por medios de comunicación,
recordándose las “batallas campales” en Santa Fe, Chacao, Las Mercedes y
otros puntos de Caracas, en las que los guarimberos usaban “bazucas”
improvisadas con las cuales disparaban fuegos pirotécnicos modificados,
con el fin de herir a efectivos policiales.
Incendio
El artículo 4, literal p, liberaría a quienes incendiaron la
guardería del Ministerio de Vivienda en Chacao, a quienes incendieron la
Universidad Nacional Experimental de la Fuerza Armada (Unefa) en San
Cristóbal, o a quienes incendiaron numerosas instituciones públicas y
propiedades privadas durante las guarimbas de 2014.
Uso de menores de edad en la comisión de delitos
El uso de menores de edad en sectores de Caracas (tales como Chacao)
durante las guarimbas para causar desórdenes y destruir propiedad
pública, también será perdonado, según el literal “o” del artículo 4. El
29 de mayo de 2014, el entonces ministro de Relaciones Interiores,
Miguel Rodríguez Torres, denunció el uso de menores de edad para atacar
estaciones del Metro de Caracas.
Daño a instalaciones del Sistema Eléctrico Nacional
El Sabotaje Eléctrico (ataques a las instalaciones de la empresa
Corpoelec) siempre ha sido negado por los dirigentes de la oposición, a
pesar de los numerosos detenidos por estas razones y las evidencias de
sabotaje encontradas. En el literal w del artículo 4, también se
solicita amnistiar a los detenidos por dañar las instalaciones de
Corpoelec y el Sistema Eléctrico Nacional.
Ultraje a funcionarios públicos
Los ataques a funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana o la
Guardia Nacional Bolivariana, que en algunos casos fueron bastante
graves, también podrán ser amnistiados, según los literales d y n del
artículo 4.
Destrucción de transporte público, propiedad privada, bloqueo de caminos
Numerosos delitos vinculados a las guarimbas, tales como la
destrucción de sistemas de transporte, ataques al Metro de Caracas,
ataque y destrucción de Metrobuses, destrucción de postes y obras
públicas, obstaculización de calles y vías, destrucción de caminos y
obras de comunicación, daños a la propiedad: todo será amnistiado, como
lo muestran los literales g hasta el m del artículo 4.
Varios literales, entre ellos el g, permitirán amnistiar a las
personas responsables de colocar alambradas y guayas en las vías
públicas, que dejaron numerosas personas fallecidas y heridas durante
las “guarimbas” o protestas violentas de 2014.
Sustracción de bienes de las FANB
La oposición, junto a los movimientos de base del chavismo, han sido
muy críticos con algunos funcionarios militares que han cometido faltas
graves durante la guerra económica. Sin embargo, en el artículo 4,
literales q, r y s, la Ley de Amnistía propone perdonar la sustracción
de efectos y bienes pertenecientes a las Fuerzas Armadas, la revelación
de secretos militares, así como la traición a la Patria y los delitos de
rebelión.
Lo mismo proponen en artículos como el 23 y el 24, que amnistiará a
efectivos militares y civiles acusados de “sustracción de efectos y
bienes de la Fuerza Armada Nacional” (a la cual remueven la palabra
“Bolivariana” de su nombre completo) y “otros hechos punibles contra la
Seguridad e Independencia de la Nación”.
Terrorismo y su financiamiento
De aprobarse esta ley, liberará también a personas involucradas en el
delito de financiamiento al terrorismo, siempre que el acusado se haya
expresado políticamente en contra del gobierno nacional, o que alguna
alta figura del gobierno bolivariano se haya pronunciado condenando
estos hechos y pidiendo justicia.
Lo mismo que el artículo 15, que perdona los delitos de “terrorismo
individual”. Se menciona específicamente a quienes hayan participado o
planeado la evasión o fuga de privados de libertad.
El reunirse para derrocar al gobierno nacional será amnistiado. Se
menciona específicamente a quienes participaron en los hechos
relacionados a la “Fiesta Mexicana”, lo que involucra a ciudadanos como
Lorent Saleh y Gustavo Tovar Arroyo.
Lo mismo ocurre con cualquiera que haya sido acusado por delitos
prescritos en el Código Penal, en la Ley contra la Corrupción, en la ley
contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo “u
otras leyes penales”, siempre que los acusados sean “dirigentes
políticos de la oposición” o personas que hayan tenido “posiciones
críticas frente al gobierno nacional”, incluyendo enriquecimientos
ilícitos, delito que se menciona explícitamente. Si bien el artículo 18
es el más sincero, alegatos similares pueden leerse en los artículos 16 y
22.
Redes sociales
Las personas que hayan usado las redes sociales para amenazar o
amedrentar a otros por sus creencias políticas, también serán
amnistiadas. El haber hecho amenazas de muerte contra personas por su
tendencia política, o el revelar sus datos personales instigando a
agredir a esa persona (publicando su dirección de habitación, teléfonos,
fotografías de sus familiares y otros datos con el fin de amedrentar o
amenazar a la persona) será perdonado.
Menoscabo de la soberanía
Serán organismos injerencistas internacionales, tales como la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) o la Corte
Interamericana, los que decidirán cuáles procesos judiciales
supuestamente no han sido confiables, dándoles el poder a organismos
extranjeros de decidir quiénes serán amnistiados.
La Ley pretende, además, amenazar a los funcionarios del Poder
Judicial o del Ministerio Público, efectivos de seguridad, soldados y
policías que no liberen a las personas amnistiadas, condenándolos con
prisión de 2 a 5 años.
¿Es de esta manera que se llegará a una “reconciliación nacional” entre el chavismo y la oposición? Le instamos a leer usted mismo la propuesta de ley y sacar sus propias conclusiones.
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