Caracas, 22 de febrero de 2016.- La Ley de Amnistía que propone la oposición venezolana en la Asamblea Nacional, y que ya fue aprobada en la primera de dos discusiones, ha sido vendida como una ley con el “noble propósito” de liberar a dirigentes que permanecen encarcelados supuestamente por razones políticas. Alega que busca la “reconciliación nacional”. Sin embargo, al leerla puede encontrarse que amnistiará no menos de cincuenta tipos de delitos.
Entre otros, serán amnistiadas la estafa inmobiliaria, el sabotaje eléctrico, el acaparamiento y la especulación de alimentos y medicinas (incluyendo la venta de productos vencidos), el uso de armas de fuego y de explosivos. La ley tampoco se restringe a las “guarimbas” o protestas violentas de 2014: abarca hechos desde 1999, incluyendo el golpe de Estado de 2002 y el paro petrolero de ese mismo año. Ofrecemos capturas de pantalla de los artículos de la ley: ¡léala usted mismo!
Queremos ofrecer a continuación capturas de los artículos más controversiales de la ley, tomados del propio sitio web de la Asamblea Nacional. Le animamos a que usted mismo descargue y lea los artículos de la Ley.
En primer lugar, hay que tener en cuenta que esta propuesta de ley, de aprobarse, no liberará únicamente a personas involucradas en las guarimbas de 2014. En su artículo 2, señala explícitamente que “se otorga la más amplia amnistía de los hechos considerados delitos, faltas o infracciones mencionados en la presente Ley, cometidos o que puedan  haberse cometido desde el 1 de enero de 1999 hasta la entrada en vigencia de esta Ley”.
Si usted es de quienes cree que la impunidad y la falta de rigor en la aplicación de las leyes es un problema grave en Venezuela, debe saber que la Ley de Amnistía, lejos de corregir el problema, podría dejar libres a cientos de personas que hayan cometido delitos en un período de 17 años. De allí que algunos la apodan “Ley de Impunidad”.
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El artículo 7, que no copiaremos aquí por su gran extensión, menciona 33 eventos específicos que serán cubiertos por la Ley de Amnistía, todos ocurridos entre 2003 y 2014. Pero además, los artículos 10 y 11 señalan específicamente al golpe de Estado de abril de 2002 y el paro petrolero de ese mismo año, como dos eventos que también serán amnistiados.
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Tráfico de drogas
Uno de los artículos más controversiales es el 30, que concede la amnistía a quienes se les haya encontrado vendiendo drogas y estupefacientes de menor cuantía a personas “en los campamentos o manifestaciones”, lo que parece hacer referencia directa a los jóvenes que acamparon en la avenida Francisco de Miranda, en Baruta y en la plaza Bolívar de Chacao, a algunos de los cuales se les halló, en allanamientos efectuados, numerosos estupefacientes y drogas de diversos tipos.
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Recuérdese que, en mayo de 2014, el entonces ministro de Relaciones Interiores, Miguel Rodríguez Torres, informó que 60 de los 243 detenidos en campamentos desmantelados en Santa Fe, la plaza Alfredo Sadel, la avenida Francisco de Miranda y la plaza Bolívar de Chacao, dieron positivo en consumo de estupefacientes.
Cuando se menciona al artículo 6, se refiere a cualquier persona que haya participado en protestas y manifestaciones en contra del gobierno, lo que ya marca la tendencia política de este proyecto de ley. En otras palabras, cualquier persona que haya cometido delitos tan graves como la venta de drogas, pero se haya manifestado de alguna forma en contra del gobierno nacional, podrá ser amnistiado.
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El manifestarse en contra de Nicolás Maduro, de esta manera, se convierte en un seguro de liberación para numerosos criminales.
Acaparamiento y especulación de alimentos y medicinas
Otro artículo controversial es el 19, que concede libertad  a directivos, empleados y representantes de empresas productoras, comercializadoras o distribuidoras de medicinas, alimentos, bebidas o bienes de primera necesidad, que hayan cometido delitos de gran notoriedad durante estos tres años de guerra económica, tales como “especulación, boicot, alteración fraudulenta, condicionamiento de la venta, expendio de alimentos vencidos y acaparamiento“.
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Todos aquellos delitos en los que se encontraron cientos o miles de medicamentos y alimentos acaparados, o en los que hubo especulación o venta de productos vencidos, podrán ser perdonados.
Fraude y estafa inmobiliaria
Otro artículo muy controversial es el 31, que amnistía a quienes hayan cometido delitos de fraude, estafa y usura inmobiliaria “vinculados a la actividad privada de la construcción de viviendas”. Desde 2009, diferentes entes del Estado, como el Ministerio Público, han adelantado causas contra empresarios y constructores privados de viviendas que han suspendido la construcción de las mismas, estafando a numerosas familias que habían adelantado cuantiosos pagos.
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Aquí vale la pena preguntarse: ¿qué tiene que ver la lucha política de la oposición, con los delitos de fraude y estafa inmobiliaria? ¿Estarán involucrados? Saque usted sus propias conclusiones.
El artículo 4 del proyecto de Ley presenta una larguísima lista de delitos que serán amnistiados. Entre otros, queremos destacar:
Porte ilícito de armas de fuego, y su uso indebido
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En Caracas, Mérida y San Cristóbal fueron capturadas decenas de personas que usaron armas de fuego durante las guarimbas. En Chacao, fueron visto en abril de 2014 numerosos guarimberos encapuchados usando armas de fuego de diversos calibres. En Mérida y Táchira, fue frecuente la captura de presuntos paramilitares y personas fuertemente armadas; desde algunos edificios de la capital merideña se disparó contra personas que protestaban contra las guarimbas, dejando muertos y heridos. Numerosos civiles y militares murieron o resultaron heridos en Los Ruices, Carabobo y otros lugares luego de que personas accionaron sus armas de fuego. El 26 de marzo de 2014 fue allanada la casa de Jack Streignard, en donde se hallaron numerosas armas,  silenciadores para armas largas y una fábrica de municiones.
Corrupción
Los artículos 16, 17, 18 y 22 conceden amnistía a personas acusadas de corrupción y otros delitos, en particular cuando se trate de dirigentes políticos de la oposición y “se ha menoscabado la confiabilidad en la administración imparcial de la justicia”, o cuando algún dirigente del gobierno haya emitido públicamente alguna “declaración, exhortación o solicitud” de justicia. Casos como los del banquero Eligio Cedeño o la exjueza María Lourdes Afiuni de seguro serán beneficiados por este artículo.
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Artefactos explosivos e incendiarios
Se amnistiará la importación, fabricación, detentación, suministro y ocultamiento de artefactos explosivos, según el artículo 4, literal l.
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El uso de todo tipo de explosivos por parte de guarimberos en el este de Caracas en 2014 fue ampliamente reseñado por medios de comunicación, recordándose las “batallas campales” en Santa Fe, Chacao, Las Mercedes y otros puntos de Caracas, en las que los guarimberos usaban “bazucas” improvisadas con las cuales disparaban fuegos pirotécnicos modificados, con el fin de herir a efectivos policiales.
Incendio
El artículo 4, literal p, liberaría a quienes incendiaron la guardería del Ministerio de Vivienda en Chacao, a quienes incendieron la Universidad Nacional Experimental de la Fuerza Armada (Unefa) en San Cristóbal, o a quienes incendiaron numerosas instituciones públicas y propiedades privadas durante las guarimbas de 2014.
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Uso de menores de edad en la comisión de delitos
El uso de menores de edad en sectores de Caracas (tales como Chacao) durante las guarimbas para causar desórdenes y destruir propiedad pública, también será perdonado, según el literal “o” del artículo 4. El 29 de mayo de 2014, el entonces ministro de Relaciones Interiores, Miguel Rodríguez Torres, denunció el uso de menores de edad para atacar estaciones del Metro de Caracas.
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Daño a instalaciones del Sistema Eléctrico Nacional
El Sabotaje Eléctrico (ataques a las instalaciones de la empresa Corpoelec) siempre ha sido negado por los dirigentes de la oposición, a pesar de los numerosos detenidos por estas razones y las evidencias de sabotaje encontradas. En el literal w del artículo 4, también se solicita amnistiar a los detenidos por dañar las instalaciones de Corpoelec y el Sistema Eléctrico Nacional.
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Ultraje a funcionarios públicos
Los ataques a funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana o la Guardia Nacional Bolivariana, que en algunos casos fueron bastante graves, también podrán ser amnistiados, según los literales d y n del artículo 4.
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Destrucción de transporte público, propiedad privada, bloqueo de caminos
Numerosos delitos vinculados a las guarimbas, tales como la destrucción de sistemas de transporte, ataques al Metro de Caracas, ataque y destrucción de Metrobuses, destrucción de postes y obras públicas, obstaculización de calles y vías, destrucción de caminos y obras de comunicación, daños a la propiedad: todo será amnistiado, como lo muestran los literales g hasta el m del artículo 4.
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Varios literales, entre ellos el g, permitirán amnistiar a las personas responsables de colocar alambradas y guayas en las vías públicas, que dejaron numerosas personas fallecidas y heridas durante las “guarimbas” o protestas violentas de 2014.
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Sustracción de bienes de las FANB
La oposición, junto a los movimientos de base del chavismo, han sido muy críticos con algunos funcionarios militares que han cometido faltas graves durante la guerra económica. Sin embargo, en el artículo 4, literales q, r y s, la Ley de Amnistía propone perdonar la sustracción de efectos y bienes pertenecientes a las Fuerzas Armadas, la revelación de secretos militares, así como la traición a la Patria y los delitos de rebelión.
Lo mismo proponen en artículos como el 23 y el 24, que amnistiará a efectivos militares y civiles acusados de “sustracción de efectos y bienes de la Fuerza Armada Nacional” (a la cual remueven la palabra “Bolivariana” de su nombre completo) y “otros hechos punibles contra la Seguridad e Independencia de la Nación”.
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Terrorismo y su financiamiento
De aprobarse esta ley, liberará también a personas involucradas en el delito de financiamiento al terrorismo, siempre que el acusado se haya expresado políticamente en contra del gobierno nacional, o que alguna alta figura del gobierno bolivariano se haya pronunciado condenando estos hechos y pidiendo justicia.
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Lo mismo que el artículo 15, que perdona los delitos de “terrorismo individual”. Se menciona específicamente a quienes hayan participado o planeado la evasión o fuga de privados de libertad.
art15
El reunirse para derrocar al gobierno nacional será amnistiado. Se menciona específicamente a quienes participaron en los hechos relacionados a la “Fiesta Mexicana”, lo que involucra a ciudadanos como Lorent Saleh y Gustavo Tovar Arroyo.
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Lo mismo ocurre con cualquiera que haya sido acusado por delitos prescritos en el Código Penal, en la Ley contra la Corrupción, en la ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo “u otras leyes penales”, siempre que los acusados sean “dirigentes políticos de la oposición” o personas que hayan tenido “posiciones críticas frente al gobierno nacional”, incluyendo enriquecimientos ilícitos, delito que se menciona explícitamente. Si bien el artículo 18 es el más sincero, alegatos similares pueden leerse en los artículos 16 y 22.
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art18
Redes sociales
Las personas que hayan usado las redes sociales para amenazar o amedrentar a otros por sus creencias políticas, también serán amnistiadas. El haber hecho amenazas de muerte contra personas por su tendencia política, o el revelar sus datos personales instigando a agredir a esa persona (publicando su dirección de habitación, teléfonos, fotografías de sus familiares y otros datos con el fin de amedrentar o amenazar a la persona) será perdonado.
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Menoscabo de la soberanía
Serán organismos injerencistas internacionales, tales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) o la Corte Interamericana, los que decidirán cuáles procesos judiciales supuestamente no han sido confiables, dándoles el poder a organismos extranjeros de decidir quiénes serán amnistiados.
art34
La Ley pretende, además, amenazar a los funcionarios del Poder Judicial o del Ministerio Público, efectivos de seguridad, soldados y policías que no liberen a las personas amnistiadas, condenándolos con prisión de 2 a 5 años.
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¿Es de esta manera que se llegará a una “reconciliación nacional” entre el chavismo y la oposición? Le instamos a leer usted mismo la propuesta de ley y sacar sus propias conclusiones.