Los
beneficiarios de remesas familiares no podrán acceder a otros mecanismos
establecidos en la providencia 125, para la adquisición de divisas en
efectivo para viajes al exterior, pago con tarjeta de crédito, y consumo
electrónico.
La
información fue suministrada por el presidente del Centro Nacional de
Comercio Exterior, Alejandro Fleming, en rueda de prensa desde Caracas, a
propósito de la entrada en vigencia este viernes de la Providencia 123
referida a remesas familiares.
Partiendo
del hecho de que quienes se benefician de las remesas se encuentran
residenciados legalmente en el exterior, “no deben acceder a esos
mecanismos que están garantizados exclusivamente para los venezolanos,
para aquellos que estén legalmente residenciados en Venezuela”.
Reiteró
que para acceder a este mecanismo se debe estar residenciado en el
país, persona natural, y los beneficiarios de las remesas tienen que
estar residenciados formalmente en el exterior y guardar el siguiente
parentesco: abuelo, abuela, padre, madre, hijo, hija nieto, nieta o
cónyuge, quedando excluidos los concubinatos.
Todo
aquel interesado en acceder a este mecanismo deberá presentar la última
declaración o pago de Impuestos sobre la Renta (ISLR), en aquellos
casos que se solicite divisas superiores al salario mínimo, anunció
Fleming.
El
monto máximo establecido para remesas familiares es de 500 dólares al
mes, no acumulable, “esa cantidad puede ser remesada a un número máximo
de tres personas y cada beneficiario no podrá recibir más de 166 dólares
con 66 centavos (…) se va a calcular el tiempo de cambio a la
referencia establecida por el Sicad al momento de la autorización de la
liquidación de la divisa”.
Advirtió
que a fin de “blindar el sistema de aquellos que de manera ilegal están
haciendo uso irresponsable de las divisas y han hecho justamente de las
divisas un negocio ilícito para perforar la economía venezolana” se
harán revisiones periódicas al sistema.
RNV
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