Los contribuyentes tienen hasta el 31 de marzo de 2021 para realizar la declaración y el pago del Impuesto Sobre la Renta. El Seniat habilitó puntos de atención para ayudar al usuario con el proceso
Desde el 4 de enero de 2021, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) dio inicio al proceso de declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), el cual tiene como fecha de culminación el 31 de marzo del año en curso.
El Seniat detalla que la base referencial de cálculo para la declaración del ISLR, correspondiente al ejercicio fiscal 2020, es la Unidad Tributaria (U.T) vigente de 1.500,00 bolívares.
¿Quiénes deben realizar el pago del ISLR?
Estas son las personas naturales que deben declarar y pagar el ISLR:
-Personas naturales que obtuvieron un enriquecimiento neto superior a 1.000 UT (Bs. 1.500.000,00).
-Personas naturales que obtuvieron ingresos brutos superiores a 1.500 UT (Bs. 2.250.000,00).
-Personas naturales que se dediquen a actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel primario, de ingresos brutos mayores de 2.625 UT (Bs. 3.937.500,00).
Todas las personas jurídicas están obligadas a presentar su declaración definitiva de rentas, independientemente de los enriquecimientos obtenidos o de las pérdidas sufridas.
Los jubilados y pensionados no deben pagar impuestos. Esto debido a que no cuentan con una fuente de enriquecimiento propia, sino una renta amparada por la ley.
Sin embargo, el Seniat señaló que estas personas sí deberán declarar si realizan actividades económicas que generen ingresos adicionales.
🚨 Amigo contribuyente, recuerde que las Pensiones y jubilaciones están exentas de pago del #ISLR, pero deben ser declaradas, si realiza actividades económicas que generen ingresos adicionales. pic.twitter.com/XRPNNTEu7P
— SENIAT MARACAY RCNT (@SENIAT_Maracay) February 18, 2021
En Gaceta Oficial N° 42.049 de fecha 18 de enero de 2021 fue publicado el Decreto N° 4.420, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto sobre la Renta al enriquecimiento anual de fuente territorial, obtenido por las personas naturales residentes en el país, durante el ejercicio fiscal del año 2020, cuyo salario normal o ingreso proveniente del ejercicio de su actividad, al cierre de dicho ejercicio no supere el monto equivalente a cinco (5) salarios mínimos.
¿Cómo es el proceso de exoneración?
De acuerdo con el Decreto N° 4.420, publicado en Gaceta Oficial N° 42.049 el 18 de enero de 2021, las personas naturales residentes en el país, deberán pagar el ISLR solo por los enriquecimientos netos gravables de fuente territorial obtenidos durante el ejercicio fiscal 2020, que superen las cinco mil Unidades Tributarias (Bs. 7.500.000).
El decreto establece que en el caso de los trabajadores promedio que hayan generado, por ejemplo, Bs. 35.000.000 en 2020, tendrán una exoneración de Bs. 7.500.000 y el resto (Bs. 27.500.000) se considera como enriquecimiento gravable.
Las personas que hicieron el pago del ISLR correspondiente al año fiscal de 2020 antes de que entrase en vigencia la nueva normativa, podrán contar con el excedente que quedará almacenado para utilizarse en el próximo paso tributario.
Canales de comunicación para información
El Seniat puso a disposición de los contribuyentes que tengan dudas sobre el proceso de declaración y el pago del ISLR, varios canales de comunicación para apoyar durante la recaudación.
Están disponibles la línea telefónica 08000-SENIAT (08000-736428), el correo electrónico asiste@seniat.gob.ve, y para recibir información las cuentas en redes sociales Twitter, Instagram (@Seniat_Oficial), y Facebook (Seniat Seniat) o se puede asistir personalmente en cualquier sede del Servicio.
Paso a paso para declarar el ISLR
La página del Seniat ofrece una guía como material de apoyo para que las personas puedan realizar la declaración de los impuestos.
Estos son los pasos a seguir que describe el servicio:
- Ingresar al portal del Seniat, a través de la siguiente dirección de enlace www.seniat.gob.ve.
- En la sección Seniat en Línea, hacer clic en la opción Persona Natural.
- Colocar usuario y clave registrada e ingresar el código mostrado en la imagen para ingresar y presionar el botón Aceptar.
- En el Menú Contribuyente, hacer clic sobre las opciones Procesos Tributarios / Declaración ISLR / Definitiva.
- Verificar la información mostrada del RIF. Si se está conforme con la misma presionar el botón SÍ para continuar con el proceso de la declaración. Caso contrario, presione el botón NO.
- Marcar las opciones que le correspondan para dar inicio a la declaración. Para dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto de Exoneración, marcar la opción SI en la pregunta ¿Posee rentas exentas o exoneradas?
- Colocar en el ítem 816 la cantidad de 7.500.000,00. Monto correspondiente a las 5.000 U.T. por Bs. 1.500.
- En el ítem 143 correspondiente a la Fuente Territorial, colocar el monto obtenido por concepto de sueldos, salarios y demás remuneraciones menos el monto del ítem 816 correspondiente al monto de la exoneración.
- Presionar el botón Continuar para avanzar en el registro de su declaración.
- En caso que le corresponda para ISLR, verificar y seleccionar el número de porciones en las cuales desea efectuar el pago y presione el botón Continuar.
- Verificar la información registrada. En caso de estar conforme presione el botón Declarar.
- El sistema muestra un mensaje de confirmación, si está seguro de la información suministrada, presionar el botón Aceptar, caso contrario, presione el botón Cancelar.
- Si la declaración es pago cero, se mostrará el mensaje: Su declaración ha sido registrada exitosamente mostrando el número del certificado electrónico.
- Si la declaración es con pago se mostrará el mensaje: Su declaración ha sido registrada exitosamente mostrando el o los compromiso(s) de pago adquirido(s). Seleccione la forma de pago del compromiso: manual o automática. Una vez pagado y conciliado el monto, se generará el certificado electrónico.
- Para salir del sistema pulse el botón Salir que se encuentra en la esquina superior derecha de la pantalla.
¿Cuáles son los bancos donde se puede pagar el ISLR?
El Seniat informó que los bancos autorizados para recibir los pagos por taquilla o de forma electrónica del impuesto son:
-Banco del TesoroBanco del Tesoro
-Banco Bicentenario
-Banesco
-Occidental de Descuento
-Provincial
-Banco de Venezuela
-Mercantil
-Bancamiga
-Banco Activo
-Banco Nacional de Crédito
-Banco Exterior
-Citibank
-Banco Sofitasa
-Banco Caroní
-100% Banco
-Banco Fondo Común
El Seniat detalló que no habrá prórroga para la declaración del ISLR. Por ello realizó un llamado a los contribuyentes a cumplir con el compromiso fiscal para evitar sanciones.
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